miércoles, 13 de noviembre de 2019

VIDA HUMANA, SER HUMANO, PERSONA Y HOMO SAPIENS



Con frecuencia, cuando se habla del concepto de persona, se incide especialmente en las perspectivas filosófica, moral, teológica y jurídica y se tiende a dejar de lado el aspecto científico -el ser humano como ente biológico-. Incluso llega a afirmarse que la ciencia no tiene nada que decir respecto al concepto de persona. Sin embargo, en lo que respecta al fenómeno biológico los términos persona, ser humano y vida humana se refieren a una misma realidad, al mismo ente, por lo que ante un concepto de tanta trascendencia se deben considerar todos los enfoques y se deben delimitar los papeles de las distintas aproximaciones. A este respecto, la ciencia ofrece los datos, la lógica los racionaliza, la moral los valora y el derecho establece los niveles adecuados de protección. El papel de la ciencia es importante al aportar los elementos materiales del sujeto al que se refiere el término persona y aunque éstos no sean suficientes, sí son necesarios para definir los términos del problema. Sí todas las aproximaciones se refieren a un mismo sujeto, cuya naturaleza biológica es susceptible de conocimiento y valoración comparativa con respecto al resto de las criaturas vivientes, deben también contemplarse los datos biológicos para definir lo que es un ser personal. De hecho el ser humano ocupa una especial posición en el conjunto de la naturaleza, por lo que es merecedor de una consideración también especial.
El Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española define el término persona como «el individuo de la especie humana». Por biología, sabemos que lo que mejor identifica a un individuo como perteneciente a una especie concreta es su acervo genético, es decir, la información contenida en las moléculas de su ADN. Ahí están las instrucciones específicas de las que depende su constitución y su pertenencia a una especie biológica determinada. Parece obvio que en la definición de persona la RAE se refiere a un ente que posee el acervo genético de la especie Homo sapiens, es decir ADN humano. Dado que el ADN que identifica a cada individuo humano se establece en el momento de la concepción y se conserva a lo largo de la vida, es en la fecundación cuando surge un sujeto humano, es decir una persona y esta condición le es aplicable por igual en cualquier etapa de la vida.
Decía Benedicto XVI refiriéndose a la vida humana naciente en su Homilía del 27 de noviembre de 2010: «No se trata de un cúmulo de material biológico, sino de un nuevo ser vivo, dinámico y maravillosamente ordenado, un nuevo individuo de la especie humana. Así lo fue para Jesús en el seno de María; así lo ha sido para cada uno de nosotros, en el seno de la madre. Con el antiguo autor cristiano Tertuliano podemos afirmar: "Es ya un hombre aquel que lo será" (Apologético, IX, 8); no hay ninguna razón para no considerarlo persona desde la concepción».
Naturalmente la persona es más que su ADN y a la realidad biológica se une de forma indisoluble un componente espiritual, que por su propia indisolubilidad le es inherente de forma singular a cada individuo humano desde que se inicia su existencia.
En filosofía hablar de persona significa destacar el carácter único e irrepetible propio de cada ser humano, lo cual coincide plenamente con los datos de la ciencia, que nos habla de la identidad genética individual y singular. La filosofía destaca el hecho de que cada persona es un ser dotado de «dignidad» ya que es sujeto de su propio existir y obrar y no un miembro más de una especie biológica, entendiendo por «dignidad» el concepto que realza el valor especial de un ente.
Ser persona significa ser «alguien» y no simplemente «algo». El ser humano, como ente biológico está inmerso en la naturaleza, con la que guarda relación por su origen evolutivo (materialidad), pero como ser racional es superior al resto de los seres de la naturaleza (espiritualidad), al vivir su existencia de forma consciente y ser dueño de sus actos.
Dicho todo lo anterior es necesario aclarar los límites de la distinción que supone el ser persona. Es importante destacar que, en consonancia con la definición de la RAE en el concepto de persona caben todos los seres pertenecientes a la especie Homo sapiens y exclusivamente a ellos. Lo cual es lógico por otro lado por sus propias cualidades biológicas y la singularidad de sus capacidades intelectuales y de comunicación. Para la Biología actual, la especie es el concepto taxonómico más nítido para la clasificación de los seres vivos. El concepto moderno de especie se debe entre otros a dos importantes genetistas y evolucionistas de mediados del siglo XX, Theososius Dobzhansky y Ernst Mayr, según los cuales la especie es un grupo natural (o población) de individuos que pueden cruzarse entre sí, pero que están aislados reproductivamente de otros grupos afines. Para la Biología cada especie está delimitada por la existencia de unos mecanismos de aislamiento reproductor, que preservan su patrimonio genético como propio, sustancialmente distinto y no intercambiable con el de otras especies. Los parientes más próximos a nuestra especie, el chimpancé Pan troglodytes, el bonobo Pan paniscus, el gorila Gorilla gorilla y el orangután Pongo pygmaeus, son afines, pero constituyen especies auténticas y diferentes, grupos genéticamente independientes con los que no existe ninguna posibilidad de intercambio del acervo genético.
De este modo, la humanización, el conjunto de cualidades propias de la especie humana adquiridas a lo largo de cientos de miles de años de evolución, constituye nuestra seña de identidad como especie biológica. La unidad de la especie exige la misma consideración y respeto y la consideración de la misma dignidad para todos sus miembros, pero solo para sus miembros. No tiene sentido otorgar humanización a seres pertenecientes a otras especies con las que existen barreras insalvables de intercambio genético y cultural. Por otro lado, ningún ser humano debe ser excluido de la calificación de ser personal, como ningún ser perteneciente a otra especie debe ser traído al ámbito de nuestra especie. 
Finalmente, el derecho tiene el encargo de proteger adecuadamente a las personas y esta protección debe aplicarse por igual desde la concepción hasta la muerte natural. Sí se es persona dese la concepción hasta la muerte y si la vida humana se distingue por su dignidad, por el mero hecho de ser humana, es evidente que el respeto a una vida constituye la primera obligación a atender por los gobernantes.  Cualquier intento de categorización de los seres humanos por razones étnicas, de sexo, momento del desarrollo, edad o cualquier otra condición que se quisiera aplicar, o la segregación de individuos particulares por razón de sus facultades físicas o mentales, constituye un grave error, no solo de carácter ideológico, sino también biológico. Cualquier individuo humano en existencia, desde la concepción, hasta la muerte es un individuo de la especie humana y por tanto es una persona. Como acertadamente señalaba María Dolores Vila-Coro: «un individuo no es persona porque se manifiesten sus capacidades, sino al contrario, éstas se manifiestan porque es persona: el obrar sigue al ser; todos los seres actúan según su naturaleza

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